El Poder Ejecutivo dictó el Decreto 398/007, complementado por la Resolución de DGI Nº 1370/007, que establecen que las ventas de:
• Nafta Premium 97 SP
• Nafta Super 95 SP, y
• Nafta Especial 85 SP
que realicen las Estaciones de Servicio ubicadas en un radio de 20 Km. desde los Puestos de Frontera:
• Salto / Concordia,
• Paysandú / Colón, y
• Fray Bentos / Puerto Unzué,
tendrán un descuento del 24% sobre el precio de venta, cuando la misma se realice a un consumidor final y el pago se efectúe con Tarjeta de Crédito o Débito.
Comentarios generales:
Este procedimiento de rebaja sólo regirá para las ventas que se realicen por POS y que sean en Pesos Uruguayos.
Para acceder al descuento del 24% es imprescindible que en un lugar visible del comprobante, en todas sus vías, debe constar:
a) número identificatorio de la transacción y de la entidad administradora de la tarjeta correspondiente, que podrá ser escriturado en forma manual o por el sistema,
b) La Leyenda: "Decreto Nº 398/007 - Reducción de IMESI en el momento de pago a su tarjeta", la que podrá establecerse en forma preimpresa, mediante sello, o manualmente.
Sin estos requisitos, no se genera la devolución.
Cuando la venta fuere de Naftas y otros productos, se deben realizar dos transacciones:
• una para la venta de nafta donde en el POS se marca la opción "Aplica devolución"
• y otra para el resto de los productos donde se marca la opción "No aplica devolución".
Para esta operatoria están habilitadas todas las tarjetas CABAL Crédito Nacionales y Extranjeras, sea cual sea su emisor. No están habilitadas las tarjetas CABAL Débito.
Al usuario:
• se le debitará el 100% del importe de la compra,
• y a renglón seguido se le acreditará el 24% del mismo, siempre y cuando el cupón tenga todos los datos, especialmente, el Nº de factura de la venta. |